La territorial considera que el partido contra la UD Alzira fue “indebidamente suspendido” y que se debió haber jugado.
En la tarde de este martes, la Federación de Fútbol de la Comunidad Valenciana ha dado la razón al Atlético Benidorm en relación a las alegaciones presentadas por la UD Alzira tras la suspensión del primer partido de liga.
Dicha suspensión se produjo porque los jugadores del equipo local no habían pasado el test de antígenos, hasta ese momento, recomendados como se indica en la circular 13, pero no obligados por la RFEF como sí se refleja en la circular 21 publicada este jueves 9 de septiembre.
El club de la Ribera Alta presentaba ante la Federación un escrito solicitando que se le diera como vencedor del encuentro al haber incumplido el club local con el protocolo de actuación de la Real Federación Española de Fútbol, ya que no cumplía con los requisitos exigidos para disputar el partido.
La resolución emitida por la Federación de Fútbol de la Comunidad Valenciana indica que el partido fue indebidamente suspendido por el colegiado, ya que, de una lectura total de la circular 13 no se desprende la obligación de pasar los test de antígenos por parte de los jugadores integrantes de la plantilla, bastando, para que el partido se celebre, que el árbitro tenga constancia de los siguientes puntos: control de temperatura, la cumplimentación de las obligaciones comunicativas previstas en el protocolo antes del inicio del partido y que todos los figurantes en el acta hayan rellenado la declaración responsable.
Por tanto, el encuentro se celebrará en una fecha que comunicará el Juez de Competición a los dos equipos implicados, mientras que los gastos ocasiones por dicha suspensión serán a cargo de la FFCV.